a) SOBRE duración de las actuaciones:
El tiempo máximo que se acuerda para usar de nuestra arte por un sólo dulzainero, o grupo que toque al unísono será:
I.- Una hora seguida, si no hubiera descansos.
II.- Dos horas seguidas, cuando haya descansos razonables entre pieza y pieza y un descanso intercalado de sobre 20 minutos.
III.- Tres horas y media como máximo, en cualquier circunstancia; y en tal caso prevéase partir la actuación en dos partes de hora y media cada parte, con descanso de media hora entre ambas dos partes, y contando esa media hora dentro de las tres horas y media.
Y véase que superar estos tiempos sería perjuicio, por fatigarse el Dulzainero sobremanera.
b) SOBRE la cuantía a cobrar:
Se fija como moneda-patrón EL GRAMO DE ORO, para mayor claridad y durabilidad de esta Ordenanza.
Se fijan SOLDADAS MÍNIMAS, pudiendo cada Dulzainero pedir lo que entienda cumple a su arte, pero no menos de lo aquí fijado
- Para actuaciones del tipo 3/a/ I y II:
Dulzaina y Caja= 9 gramos de oro o su equivalente en la moneda del lugar o villa donde actuara.
Dos dulzainas y caja = 15 gramos de oro.
- Para las actuaciones del tipo 3/a/III.
Dulzaina y caja= 18 gramos de oro.
Dos dulzainas y caja = 30 gramos de oro.
Tres dulzainas o más y caja= 40 gramos de oro.
c) SOBRE el reparto de la cuantía:
En cada grupo o Dulzaina úsese lo que tengan por costumbre; sólo como orientación se fija este punto.
I.- Repártase la cuantía a partes iguales entre Dulzaineros y Redoblantes.
II.- Si a la Dulzaina o Grupo acompañara algún instrumento de cuerda, viento, percusión, etc... cobre la mitad de lo que tocare a Dulzaina y Redoblante, según la fórmula:
C= p*(n+h/2)
Donde:
C = Gramos de oro a percibir por la actuación total.
p = Cuantía a percibir por cada una de las Dulzainas y cajas.
n = número total de Dulzainas y Cajas.
h = número de otros instrumentos.
p/2 = Cuantía a percibir por cada uno de los instrumentos que no son Dulzainas o Caja.
Así, por ejemplo, en una actuación del tipo 3/a/I, un Grupo formado por dos Dulzainas, caja y bombo, cobraría 15 gramos de oro (C=15); n=3; h=1. La Caja cobraría 4,3 gramos de oro. Cada Dulzaina cobraría 4,3 gramos de oro (p=4,3). El bombo cobraría 2,1 gramos de oro (p/2= 2,1).
Y como el reparto no salía exacto, se redondeó a mayores para los instrumentos principales.
d) SOBRE novedades imprevistas:
Bien pudiera suceder que en el curso del cumplimiento de contrato, surgiera novedad no contemplada y que requiriese toma urgente de decisión.
Tal caso, en individuos de pocos escrúpulos, puede dar lugar a que pretendan aprovechar la ocasión, exigiendo desmesuradamente. En este caso ordenamos a nuestros Dulzaineros y a sus contratantes, que como hombres de honor, no se cometa abuso, se partan diferencias justamente y queden ambos con buen crédito.