Introducción .- Como principal participante en nuestro inmemorial rito, reconocemos al Toro de la Vega y solo a él, unos derechos que se le respetarán estrictamente, por dictarlo así el buen sentido y la costumbre. Según lo dicho,
SE ORDENA :
1º.- Que nadie ose despreciar al Toro de la Vega. Ni vivo, ni muerto. Ni de palabra, ni de obra.
La clarísima Ordenanza reconoce la sacralidad del Toro y exige practicar el espíritu de hidalguía; este tratamiento tan cumplido, refleja además la peculiaridad del acto, que no espectáculo, ni lidia, como desafortunadamente se ha dicho en tiempos pasados .
2º.- Que una vez en los prados de la Villa, el Toro de la Vega disponga de alimento, estancia, manipulación y trato conforme a su calidad, permaneciendo continuamente vigilado.
Grande es el interés de los torneantes por reconocer el posible comportamiento del Toro y como pudiera darse el caso de que algunos, movidos por su inquietud, pudieran llegar a importunarle, provocando arrancadas etc ... recomienda la Ordenanza una discreta vigilancia que salvaguarde la integridad del Toro, respetando en lo posible la intención de los torneantes.
Manipulaciones indebidas, innecesarias, tumultuosas, mal ejecutadas o ejecutadas sin disponer de los medios oportunos, pueden lesionar al Toro, como se observa sucede en algunos encajonamientos y desencajonamientos. Debe extremarse la meticulosidad en estos casos, encajonando con paciencia y sin recurrir a la vara - mucho menos a la eléctrica- si fuera posible; desencajonando con rampas de mínima pendiente y máximo rozamiento; tratando de volver al encierro a pie etc.. pero lo dicho no implica entender al Toro como si fuera un objeto de porcelana; a un toro sano y normal se le puede mover con seguridad respetando las reglas elementales : paciencia, silencio y prevención de medios.
Sería de capital importancia que nuestros ganaderos y veterinarios elaborasen estudio sobre la conducta del Toro cuando es integrado en una manada tan dispar como la que se funda con los toros de la Peña, los equilibrios que el caso tiende a establecer, las jerarquías, las consecuencias de la nueva estratificación, los posibles riesgos, la incidencia del caso en el cambio de Comportamiento del Toro, el nuevo hábitat, la alimentación etc..
3º.- Que tras el encierro, el Toro de la Vega pase la noche en toriles cómodos, vigilado a prudente distancia.
La comida y bebida adecuadas, el suelo arenoso y muy seco, la oscuridad y el silencio absoluto, son condiciones inexcusables para el descanso del Toro; en caso contrario, permanecerá en pie, vigilante e inquieto, con lo que no descansará y acudirá al Torneo mermado de fuerza.
4º.- Que el Toro de la Vega lleve por divisa los colores de la Villa.
La colocación de la divisa de la Villa a la salida de toriles supone un acto de propiedad y añade más simbólica si cabe a nuestro Toro. En estos tiempos, donde la suelta se efectúa desde un camión y hasta que el Torneo vuelva a tener origen en el marco que le corresponde; es decir en la Plaza Mayor de la Villa, puede efectuarse con pértiga una vez el Toro haya descendido de la rampa; dando por supuesto que se ha acomodado previamente el dispositivo de desenjaule, enarenado el entorno y dispuesto rampa optimizada para el peso del Toro.
5º.- Que se reconozca al Toro de la Vega el derecho de paso por cualquier lugar de la Villa, Río y Término.
Pretende la Ordenanza "ciudadanizar" al Toro entregándole tal derecho; crematísticamente, si el Torneo se desplaza hacia tierras de cultivo, puede causar daños de cierta relevancia, pero su coste siempre será razonable ante la importancia del acto, el presupuesto de las Fiestas de la Peña y la renta real generada por nuestro Torneo.
6º.- Que si el Toro de la Vega se lesionara antes de alcanzar el Palenque, sea anestesiado con prontitud, retirado y sustituido por el Toro Segundo. Siendo competencia de la Comisión de Compra la solución de este problema.
Las prácticas oportunas facultarán a la Comisión para llevar a cabo la acción con precisión y rapidez, pues debe tener en cuenta que habrá de actuar en medio del tumulto y del desorden consustancial a toda sorpresa.
7º.- Que si por extraño caso el Toro de la Vega, desandando sus pasos, cruzara de nuevo el Límite Anterior del Palenque regresando hacia la villa, pueda ser alanceado; pero si penetrara en el Río, no se le alancee allí, pues no es Palenque.
Esto facultaría a alancear al Toro incluso en el Puente, siempre que el Toro hubiera cruzado de nuevo el Limite Anterior.
8º.- Que si por extraño caso, el Toro de la Vega cruzara el Río y saliera hacia las tierras al norte, celébrese allí el Torneo y venza el Toro si saliera del Término de la Villa.
Una sola vez se ha dado el caso de que el Toro de la Vega haya terminado saliendo a las Riberas de Muedra; tal situación, que produciría un completo desconcierto, se resuelve autorizando el suceder del Torneo en terrenos atípicos. De producirse, exigiría una intervención eficaz de la Comisión de Compra para evitar perder al Toro; esta es la razón por la que entre su equipo debe figurar un bote hinchable para 5 plazas.
Los nuevos límites del Palenque coincidirían en general con la línea : Muedra - El Montico - Santa Cruz - Cuesta de Carrecastro - N VI - Moraleja.
9º.- Que si el Toro de la Vega rebasara el Límite Posterior del Palenque, venza el Torneo, cúrensele las heridas si las tuviera y devuélvasele a los Prados del Zapardiel, donde recibirá los honores correspondientes.
Hay toros cuyo avanzar imparable, unido o no a errores tácticos, consigue que en pocos minutos hayan alcanzado los límites del Palenque. Nada cabe objetar. Habrán vencido.
10º.- Que si el Toro de la Vega, por su valor o sabiduría, mantuviera a los lanceros a raya, de modo que transcurrido un tiempo prudente superior a 1 hora 30 minutos, no hubieran podido alancearle definitivamente y siendo común el sentir, el Toro venza el Torneo.
Hay toros cuya sabiduría, comportamiento Largo/Largo, apariencia simbólica etc.., unido o no a errores tácticos, llevan al Torneo a una situación de parada y por fin a la convicción de ser imposible el alanceamiento; en ese momento es preciso finalizar el Torneo. Muestra la experiencia que 1,5 horas puede considerarse un tiempo razonable para concluir; más, conduciría normalmente al desorden y a la pérdida del fundamento. Se observará señal inequívoca de la victoria del Toro, cuando los lanceros no circulen buscando posición y cuando el círculo aparezca estático.
11º.- Que si el Toro de la Vega, por su gran valor ganara fama, téngase Concejo por si conviniera declararle vencedor del Torneo, aunque resultara muerto.
La Ordenanza abre la posibilidad de que Toro y Lancero compartan triunfo. Es caso extremo, pero no imposible.
12º.- Que en cualquiera de los casos anteriores, la Comisión de Campo ordene el fin del Torneo y advierta a la Comisión de Compra, para que activando ésta los medios necesarios, lleve al Toro hasta los Prados del Zapardiel; a tal fin, utilizará parada de buenos cabestros con vaquero competente o fusil lanzador de dardos con producto anestésico, según entienda qué conviene.
Dada la peculiaridad del caso, cuesta en la actualidad un gran esfuerzo sicológico a las autoridades públicas retirar al Toro ortodoxamente y se pretende resolver ordenando a la Fuerza de Seguridad presente que dispare sobre el Toro. La solución, que puede ser valida en ocasión de toros huidos del encierro u otros similares, es rechazable para nuestra eventualidad, ya que irrita sobremanera a los torneantes, es causa de tumulto y puede resultar de peligro, como pudo comprobarse en el Levante durante el verano del 97; atenta de plano contra la filosofía del Torneo, manifiesta incompetencia en la previsión y hace aflorar la falta de organización. Todo ello redunda en el descrédito de nuestro Torneo y en la frustración de los torneantes, por lo que conviene evitarlo; para ello, la Ordenanza señala los dos métodos admisibles y reconoce al Toro de la Vega este derecho.
13º.- Que terminado el Torneo con la victoria del Toro de la Vega, nadie le llame, corte, mueva, distraiga o trate de alancear; antes bien, los torneantes se retiren del Palenque, quedando los que precisara la Comisión de Compra para poder finalizar con éxito sus trabajos.
14º.- Trasladado el Toro de la Vega a los Prados Concejiles como consecuencia de los puntos anteriores, sea reconocido por el veterinario de la Comisión de Compra y si a su juicio las heridas no tuvieran cura, désele buena muerte; si tuvieran, cúrensele y sea mantenido hasta el final natural de sus días. Y téngase esto como cosa de honor.
Llegado este caso, se plantaría un problema práctico que exigiría capacidad resolutiva, flexibilidad e imaginación al Ayuntamiento de la Villa : el Toro generaría unos gastos de cuidados y mantenimiento, pero también podría generar ingresos paliadores de tal gasto; incluso generar beneficios.
Estímese el gasto anual y el posible ingreso producido por estas dos vías :
- Uso como Gran Toro Corrido en el día de San Roque, con lo que además de volver a nuestra tradición, posiblemente se ingresara lo suficiente para cubrir el gasto anual.
- Elemento capital, junto con el Museo del Toro de la Vega, para la explotación turística del entorno Zapardiel, añadiendo a la oferta una faceta peculiar, cuyo éxito, como el de cualquier empresa, sólo podrá evaluarse pasando a la práctica.
De cualquier modo, dado que el Toro en el desenjaule de su presentación genera numerosos recursos año tras año y el caso que nos ocupa sería esporádico, ahí se hallaría otra fuente de ingresos para cubrir los gastos generados por un Toro victorioso.
Problema diferente sería el legal, pero llegaríamos al mismo punto de siempre : querer aplicar a nuestros rituales una legislación propia de la corrida de toros, pura contradicción que impide el desarrollo normal de nuestros actos.
En fin, coherencia, credibilidad y rigor con fe en nuestras cosas, conducen a lo bien hecho y al crédito; timoratismo ante lo propio, falta de resolución y pánico a la novedad, conducen al descrédito.